Reforma judicial

¿Qué se debate?

Desde principios de julio se está debatiendo una serie de leyes que los medios masivos de comunicación decidieron titular “Reforma Judicial” y cuyo nombre es “Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal”. Se trata de un proyecto enviado por el Poder Ejecutivo a Senadores que busca, entre otras cosas, crear nuevos juzgados penales en la Ciudad de Buenos Aires y en el resto del país. 

Para comenzar es indispensable definir que un juzgado penal es el organismo público donde se llevan adelante los juicios. Los jueces y tribunales competentes para investigar y tramitar un proceso penal son los que corresponden al lugar en el que se ha cometido el delito. Si éste lugar se desconoce, se tienen en cuenta las siguientes condiciones para definirlo: en el que se hayan descubierto las pruebas materiales del delito; En el que se haya realizado la detención; de residencia del presunto inculpado; si ninguna de las anteriores se cumple será competente cualquier Juez o Tribunal que hubiese tenido conocimiento del delito. Aunque la competencia de los distintos juzgados y tribunales no se determina solamente teniendo en cuenta un criterio territorial sino también funcional. Así, existen determinados delitos que por su gravedad o sus características son enjuiciados por juzgados y tribunales específicos.

Continuemos. El proyecto original sufrió algunas modificaciones después de cinco audiencias en las que participaron unos 50 especialistas en la temática, propuestos por opositores y oficialistas.  Los especialistas se dividieron en cinco comisiones de trabajo. Una se ocupó de elaborar un anteproyecto de reforma del Código Procesal Civil; otra, trabajó en torno al Código Procesal Penal; una tercera, sobre el Código Procesal Laboral; una cuarta elaboró una propuesta de Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia; y la restante, un anteproyecto para reformar la Ley de Administración de Justicia de la Provincia. Los senadores de Cambiemos, que participaron de todas las reuniones, se negaron a negociar cambios y anticiparon que votarían en contra (y lo hicieron) de cualquier texto que el Frente de Todos trate en el recinto. 

Actualmente el proyecto se encuentra en Diputados luego de haber sido aprobado en la Cámara de Senadores. Según dicen algunos medios masivos el proyecto podría tratarse en noviembre a la espera de que el Frente de Todos pueda garantizar los votos necesarios para su aprobación. Asuntos Constitucionales, Justicia y Presupuesto y Hacienda serán las tres comisiones que debatirán la reorganización del fuero federal y, posiblemente, le den algunos cambios a la media sanción que llegó del Senado.

Las medidas que prevé el proyecto

Entre las medidas aprobadas en la Cámara de Senadores se encuentran:

  • La unificación de los fueros Criminal y Correccional Federal y Nacional en lo Penal Económico, ambos de la Ciudad de Buenos Aires, bajo la denominación de fuero Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • La creación de 23 Juzgados en lo Penal Federal con asiento en CABA, que pasarán a identificarse con los números 24 a 46.
  • La transferencia de la totalidad de la competencia penal no federal a la Ciudad de Buenos Aires. Los actuales ocho Tribunales Orales en lo Criminal Federal con asiento en CABA conservarán su numeración (del 1 al 8) y los cuatro Tribunales Orales Nacionales en lo Penal Económico con asiento en CABA pasarán a identificarse con la numeración continuada, del nueve al doce. Es decir que el Estado se compromete a traspasar el Fuero Nacional en lo Criminal y Correccional al ámbito porteño y se incluyen los recursos. En otras palabras, se le da a CABA las partidas presupuestarias que hoy está usando el Estado Nacional para sostener ese fuero.
  • La creación de cinco Tribunales Orales en lo Penal Federal con asiento en CABA, que serán integrados por tres miembros y una secretaría cada uno.
  • La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal pasarán a formar una única Cámara denominada Cámara de Apelaciones en lo Penal Federal con asiento en CABA.
  • Las causas actualmente en trámite y radicadas ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal, los Tribunales Orales Nacionales en lo Penal Económico, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, los Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal y los Juzgados Nacionales en lo Penal Económico continuarán su trámite ante esos mismos órganos hasta su conclusión.
  • La creación de Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en las provincias y sus respectivos cargos de jueces, para lograr equidad en el sistema federal de justicia, y de nuevas Cámaras de Apelaciones, al igual que defensorías oficiales y cargos de fiscales, quienes tendrán un rol fundamental en el nuevo sistema acusatorio.
  • Se trasladará una secretaría de cada uno de los actuales Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal y en lo Penal Económico, denominados en adelante, Juzgados en lo Penal Federal 1 a 23, con sus respectivas dotaciones, a los Juzgados en lo Penal Federal 24 a 46 al momento de su habilitación.

En conclusión, el grueso del proyecto apunta a una reestructuración del sistema judicial a partir de la inclusión de nuevos tribunales y nuevos juzgados. Buscando efectuar los principales objetivos propuestos: Mejorar una justicia federal problemática; crear una estructura orgánica de Magistrados y funcionarios que acompañe la reforma del nuevo Código Procesal Penal Federal; y transferir las competencias no federales a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las críticas principales de organismos tales como la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal están dirigidas al aumento de recursos que demandan dichas modificaciones. Ya que según la Asociación la suma de magistrados, fiscales y jueces no responde a un análisis del flujo de casos que lo justifique. 

Modificaciones: ¿cómo quedó el proyecto luego de los debates en la Cámara Alta?

Entre las modificaciones posteriores a las audiencias se encuentran: la transparencia en los sorteos de las causas que deberán ser grabados a través de medios técnicos bajo apercibimiento de nulidad; se mantendrá en los concursos de selección el examen escrito, manteniendo el anonimato, también de las audiencias públicas; se garantiza la aplicación de la ley de acceso democrático a la justicia; se modificará el criterio de especialidad en el ámbito no penal; se conformarán nuevas cámaras de apelación; se avanzará en un proyecto de ley sobre el régimen penal juvenil; y se propuso mantener los atributos de la secretaría que se ocupa de los casos de Derechos Humanos. 

Intentaremos desmenuzar cada una de estas modificaciones para tener un entendimiento más acabado de los conceptos.

(1) Para comprender el pedido de grabados a través de medios técnicos es necesario saber que el sorteo de las causas en la Cámara de Casación Penal se realiza a través de un sistema de sorteo que administra el Consejo de la Magistratura de la Nación y al que no se puede acceder desde el tribunal. El mecanismo toma en cuenta el rubro de cada causa y busca mantener la equidad en la distribución de expedientes.

La Cámara Nacional de Casación Penal cuenta con un sistema de registro y asignación de causas que provee y administra la Dirección General de Tecnología, dependiente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. Se encuentran habilitadas en la sede de la Cámara terminales dispuestas especialmente a tal efecto, a las que se accede para operar el sistema sólo a fin de efectuar la carga de los recursos, sin posibilidad alguna de ingreso al sistema madre, cuya administración y provisión, como se ha dicho, se encuentra en la sede de la Dirección General de Tecnología.

Lo que habilita la modificación es el grabado a través de distintos formatos (audio o audiovisual) para transparentar este proceso y así poder evitar la repetición de jueces en las causas.

(2) En lo que refiere al mantenimiento del examen escrito es pertinente saber que a la hora de elegir un juez nacional se conforma una Junta de Evaluación que se compone por no menos de tres ni más de nueve miembros y anualmente un tercio de sus integrantes es renovado según la página de jefatura de Nación. A ese examen que realiza la junta  para seleccionar nuevos jueces hace alusión la modificación. Además, la pauta es que el examen esté registrado en el Código Procesal Penal Federal y tiene que incluir perspectiva de género.

(3) Ley de acceso democrático a la justicia, es la ley ley n° 26.861. Esta norma estableció que el ingreso de los/as empleados/as y funcionarios/as al Poder Judicial y al Ministerio Público de la Nación se debe realizar a través de concursos públicos y abiertos. El objetivo central es garantizar que las futuras vacantes se cubran a través de procedimientos que contemplen la publicidad, concurrencia, igualdad y transparencia.

(4) En cuanto al criterio de especialidad en el ámbito no penal, no se unificará el fuero Civil y Comercial Federal con el Contencioso y Administrativo Federal con asiento en CABA, pero para resolver los conflictos de competencia (que generan muchos atrasos en las decisiones judiciales) se creará un tribunal de resolución de conflictos con plazos establecidos y procedimientos ágiles para resolver estas cuestiones preliminares. Tal como fue descripto anteriormente en cuanto al proceso para definir dónde se juzgará el hecho. Este tribunal tiene por finalidad determinar la idoneidad de los fueros según el caso a tratar y está integrado por dos jueces contencioso administrativo y uno civil y uno comercial de los actuales existentes, que serán seleccionados por ámbas cámaras por el lapso de un año.

(5) Por otro lado se crearán nuevas Cámaras de Apelaciones y sus respectivos distritos judiciales. Lo mismo respecto a defensores oficiales y cargos de fiscales, quienes tendrán un rol fundamental en el nuevo sistema acusatorio. 

(6) En tanto al Régimen Penal Juvenil, se avanzará con un proyecto de ley para no discriminar y dotar a la Justicia Federal del interior del país como a CABA de la especialidad que la Convención de los Derechos del Niño exige para los conflictos de los niños, niñas y adolescentes con el sistema penal.

Proceso acusatorio: La Comisión Bicameral de Monitoreo y Seguimiento del nuevo Código Procesal Penal Federal irá adecuando el sistema hacia un nuevo sistema penal democrático y acorde con los principios internacionales.

(7) Se atendió el planteo de los organismos de derechos humanos y la lucha de muchos años por Memoria, Verdad y Justicia, por lo que las Secretarías con competencia específica en este tema conservan esta atribución, con su personal asignado, bregando por que haya rápida respuesta.

Para finalizar, en el debate en el Senado el oficialismo logró imponer una modificación propuesta por el senador neuquino Oscar Parrilli que consistió en agregar la palabra “mediático” al artículo 72 inciso E con el que un juez puede denunciar presiones de distintos poderes. Ante la presunta polémica que denunció la oposición, la redacción final fue modificada estableciendo que se debe: “comunicar en forma inmediata al Consejo de la Magistratura de la Nación cualquier intento de influencia en sus decisiones por parte de poderes políticos, económicos o mediáticos, miembros del Poder Judicial, Ejecutivo o Legislativo, amistades o grupos de presión de cualquier índole, y solicitar las medidas necesarias para su resguardo”.               

Esta es la situación actual a mediados de Septiembre de las  primeras reformas del poder judicial en la gestión de Alberto Fernandez. Todavía queda esperar por la resolución en Diputados. Aunque estas modificaciones son un paso más en la augurada reforma judicial que prometió el gobierno nacional, ya que sigue en vigencia el decreto 635/2020 que conformó el Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público. De este consejo, cuyo objetivo es asesorar al Presidente, se espera que en el plazo de noventa días (desde su conformación) elabore un dictamen técnico con más recomendaciones y propuestas.

Juan N. Sottile

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Juana Manso

Periodista y maestra. Pilar del sistema educativo argentino